“Punto Santa Rosa®”
LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO Y LA CIRCULACIÓN CON MASCOTAS
En “Punto Santa Rosa”, sabemos que las mascotas ocupan un lugar importante en la familia de todos nuestros visitantes, por lo que, brindamos la facilidad para que pueda darse esta convivencia. Como medida de control, seguridad e higiene, la administración de “Punto Santa Rosa” presenta los siguientes lineamientos generales:
I. Se permitirá el acceso a las áreas de “Punto Santa Rosa” únicamente por el acceso peatonal ubicado en Avenida Constituyentes y Esquina con 16 de septiembre.
II. Es responsabilidad del dueño o tenedor de la mascota contar con un seguro de responsabilidad por daños a terceros, una licencia administrativa, una certificación de mascota educada, capacitada o entrenada, entre otros títulos, para hacer frente a una situación en donde se vea involucrada su mascota.
III. Los propietarios o tenedores de mascotas, deberán dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre la tenencia de mascotas, en lo relativo a las medidas de salubridad, higiene y seguridad, contar con su carnet al corriente de vacunas, el cual podrá ser solicitado y verificado por el personal que así designe la administración de “Punto Santa Rosa”, ante cualquier incidente donde se vea involucrada la mascota.
IV. Toda mascota que ingrese deberá estar acompañada todo el tiempo, por un adulto responsable, y jamás solo en compañía de un menor de edad.
V. Los propietarios o tenedores deberán tener bien sujetada a su mascota en todo momento la correa, pechera o respectivo collar, el cual deberá contener la placa con identificación de la mascota y contacto del propietario.
VI. Está restringida la circulación de las mascotas por las escaleras eléctricas.
VII. No se permitirá sujetar la correa de la mascota al mobiliario y/o cualquier otro elemento de “Punto Santa Rosa”.
VIII. Está prohibida la circulación de las mascotas por las zonas de comidas, restaurantes, baños, área de mesas de comida rápida, excepto aquellos que tengan una política diferente y sea su deseo permitirlo.
IX. Las mascotas no podrán transitar sueltas por “Punto Santa Rosa”, en caso que una mascota sea sorprendida suelta sin placa de identificación, esta será entregada a la perrera municipal, ya que la plaza no cuenta con un área de resguardo para mascotas ni animales de ninguna índole.
X. En caso de que una mascota con placa de identificación se pierda en el interior de “Punto Santa Rosa”, el personal de seguridad lo llevará ante la administración, en espera de que su propietario lo busque.
XI. El propietario tiene un término de 24 (veinticuatro) horas para reclamar a su mascota, siempre y cuando acredite ser el dueño. En caso contrario, la mascota será enviada a las autoridades correspondientes del gobierno de Ciudad Mendoza.
XII. El tenedor o propietario de la mascota será responsable de daños que estos causen a los bienes muebles e inmuebles de “Punto Santa Rosa”, o de un tercero.
XIII. El tenedor o propietario de la mascota será responsable tanto civil como penalmente, ante cualquier ataque contra un visitante y/o animal que resulte afectado en su integridad física y/o su vida.
XIV. Por ningún motivo, se permitirá el ingreso a “Punto Santa Rosa” de aquellas personas que lleven más de dos mascotas, o que cumplan la función “de paseadores de perros”.
XV. Las mascotas no podrán estar dentro de aglomeraciones de personas, eventos públicos que se realicen en una zona reducida y sin espacio para las mascotas, únicamente en las programadas especialmente para ellas.
XVI. La administración de “Punto Santa Rosa” no se hace responsable bajo ningún concepto de alguna situación que se presente entre las mascotas durante su visita y solo mediará bajo los principios de equidad cualquier situación presentada.
XVII. La administración de “Punto Santa Rosa” no se responsabilizará, del robo de la mascota y/o cualquier accidente que esta sufra en su estancia dentro de sus instalaciones.
XVIII. Fuera de los lugares autorizados para tal efecto, queda totalmente prohibida la compra venta de mascotas dentro de las instalaciones que conforman “Punto Santa Rosa”. En caso de que personal de seguridad detecté lo anterior, será remitido a las autoridades correspondientes.
XIX. Los propietarios, arrendatarios y/o administradores de los locales comerciales, stands y bodegas ubicadas dentro de “Punto Santa Rosa”, serán totalmente autónomos y determinarán si las mascotas pueden ingresar o no a sus establecimientos.
XX. Será retirado de las instalaciones el propietario o tenedor que maltrate, abuse, o use la violencia o trato cruel hacía su mascota, dando aviso a las autoridades competentes para que tomen las medidas de protección establecidas en las leyes municipales y estatales.
XXI. En caso de presentarse una pelea entre mascotas, será responsabilidad de los respectivos dueños indemnizar los perjuicios que se causen en ocasión de dichos eventos a los afectados.
XXII. Derivado del inciso anterior, los propietarios o poseedores, serán los únicos responsables por los daños y perjuicios ocasionados a terceros y/o “Punto Santa Rosa”, por lo que, al ingresar con su mascota a “Punto Santa Rosa” acepta hacer frente a dicha responsabilidad y excluir de toda responsabilidad a “Punto Santa Rosa”.
XXIII. El propietario de la mascota deslinda a “Punto Santa Rosa” de cualquier responsabilidad, por cualquier evento donde resulte o pueda resultar perjudicado alguna persona, por ataques, hechos o actos realizados por la mascota, por ende, se obliga a indemnizar a “Punto Santa Rosa” por todos los daños que le ocasione y por los gastos en los que tenga que incurrir.
XXIV. Se permite el ingreso de mascotas siempre y cuando sean animales domésticos (perros o gatos). En ningún caso se permitirá el ingreso de animales como: reptiles, arácnidos, aves entre otras especies.
XXV. Queda totalmente prohibido alimentar a la mascota en áreas comunes, así como dejar los recipientes con alimentos en estas áreas.
XXVI. No está permitido ingresar con su animal de compañía cuando esté en periodo estral (comúnmente conocido como celo).
XXVII. Los propietarios de las mascotas deben tener el kit de limpieza de su mascota a la mano y cada uno se hará cargo de su rutina. Este kit, mínimo, deberá estar compuesto por una bolsa de basura y toallas de limpieza.
XXVIII. Las mascotas guía, o aquellos que por prescripción médica deban acompañar a algún visitante, tendrán libre acceso a todos los lugares de “Punto Santa Rosa”, siempre y cuando no realicen algún tipo de alteración al orden y cuenten con una identificación visible, que los ampare como tal.
XXIX. En caso de que un menor se acerque a cualquier mascota que camine por “Punto Santa Rosa”, el dueño debe advertir al menor o las personas que acompañen al menor, si es un perro que se puede acercar o definitivamente no es amigable con las demás personas. Será responsabilidad tanto del dueño de la mascota como de las personas que acudan con el menor, el manejo y riesgo de la situación, no haciendo responsable a “Punto Santa Rosa”.
XXX. Aunque se encuentren dentro de un inmueble privado con acceso público que cuenta con personal de limpieza, será obligación del propietario o tenedor de la mascota el recoger los desechos sólidos y líquidos de la mascota.
XXXI. Únicamente se permitirá el acceso de mascotas a las áreas comunes (NO zona de alimentos) sin restricción, en brazos de su propietario, en su contenedor, o en su respectiva carriola, y bajo ningún motivo podrán bajarlas a los pisos de tránsito para los visitantes.
XXXII. “Punto Santa Rosa” se reserva la facultad de modificar y/o adicionar el presente reglamento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el óptimo funcionamiento del mismo, así como la seguridad y salubridad de sus visitantes.
Consideraciones adicionales.
Hay mascotas que son consideradas como Perros Potencialmente Peligrosos (en adelante PPP)1 aun con todo y que se encuentren bien entrenados, son animales que reaccionan por instinto y no comparten una inteligencia ni razonamiento humano, es por eso que al convivir en un lugar donde entran diferentes tipos de personas se deben acatar los siguientes puntos:
I. En todo momento deberá llevar puesto un bozal.
II. “Punto Santa Rosa” se reservará el derecho de admisión de algún PPP, en caso de considerarlo inconveniente para la seguridad de los visitantes.
Glosario.
I. Administración. – Oficina central encargada de la operación mantenimiento, limpieza y seguridad de todo el complejo y espacios no comercializados y áreas comunes;
II. Animal. – Ser vivo no humano, pluricelular, sintiente, consciente, constituido por diferentes tejidos, con un sistema nervioso especializado que le permita moverse y reaccionar de manera coordinada ante los estímulos;
III. Áreas comunes. – Son aquellos espacios designados por la Administración como tal para que sean compartidas por dos o más personas.
IV. Ataque. – Instinto hostil realizado por el animal por disputar dominio por territorio, por comida, por su dueño, por fobias, ansiedad, mal adiestramiento entre otras posibles causas;
V. Mascota. – Especie no humana que se ha acostumbrado a vivir y convivir junto al ser humano;
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